A raíz de las declaraciones del presidente de la Junta de Andalucía, respecto a la vacunación del COVID, expresando la idea de crear una cartilla de vacunación COVID, y la posibilidad de restringir el acceso a lugares de gran afluencia pública, a quienes no tengan la vacuna en regla en dicha cartilla. Artículo en donde dábamos la noticia:
https://www.mediosxlaverdad.es/post/carn%C3%A9-de-vacunaci%C3%B3n-en-andaluc%C3%ADa
Sin embargo, el abogado don José Ortega en el programa de hoy 22 de diciembre, en Canal 5 Radio, ha trasladado a los oyentes la siguiente información:
"TRANQUILOS": De igual forma que el Gobierno NO puede OBLIGAR a nadie a que se ponga la vacuna, según la Ley tampoco podrían restringir el acceso a sitios públicos por el hecho de no haberse vacunado. Ya que se en este caso se trataría de DISTRIMINACIÓN, y nos amparan los artículos siguientes de La Constitución Española.
Detallamos los artículos en cuestión de nuestra Constitución:
Título I. De los derechos y deberes fundamentales
Capítulo segundo. Derechos y libertades
Artículo 14
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. https://app.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=14&tipo=2
Artículo 15
Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra. https://app.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=15&tipo=2
- Información adicional:
¿En caso de que en mi trabajo me quieran despedir por no hacerme un PCR, me podrían despedir?:
Se debería considerar como un despido improcedente, recurrirlo, y hay muchas posibilidades de que el trabajador llegara a ganar el caso.
NOTA: SI LLEGARA A DARSE ALGUNO DE ESTOS CASOS, ACONSEJAMOS QUE SOLICITE SU RECURSO CON UN ABOGADO